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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 3/2019 al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Germán Martínez Cázares, por inadecuada atención médica y violencia obstétrica a una persona de 33 años de edad con embarazo de 39.5 semanas, que derivó en el fallecimiento de una persona del sexo femenino a escasas horas de su nacimiento, en el Hospital General de Subzona con Medicina Familiar 26 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Cabo San Lucas, Baja California Sur.

Tras las investigaciones realizadas, la CNDH acreditó violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a una vida libre de violencia obstétrica y al acceso a la información en materia de salud en agravio de la madre, así como a la vida y al principio del interés superior de la niñez de la persona del sexo femenino recién nacida.

Personal médico de la CNDH determinó que la falta de vigilancia estrecha del trabajo del parto de la víctima y del producto de la gestación, ocasionó que a escasas horas de que ingresó a tococirugía, se le realizara una cesárea de urgencia debido a que presentó sufrimiento fetal agudo, lo que condicionó las complicaciones con que nació su hija, quien requirió intubación y maniobras avanzadas de reanimación, generándosele transitoria mejoría, no obstante, su estado físico avanzó al deterioro hasta que desafortunadamente falleció.

Tras analizar el expediente clínico, se advirtieron notas médicas con datos incompletos, anotaciones ilegibles con abreviaturas y falta de notas médicas, con lo que se vulneró el derecho que tienen las víctimas y sus familiares a que se conozca la verdad respecto de la atención médica proporcionada.

Por ello, la CNDH recomienda al titular del IMSS que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), se repare el daño integralmente a madre y padre de la víctima, que incluya una compensación por el desafortunado deceso de su hija y la violencia obstétrica ejercida contra su progenitora en términos de la Ley General de Víctimas; se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas y se les brinde atención psicológica y tanatológica.

Colaborare con este Organismo Nacional en las quejas que se presenten en el Órgano Interno de Control en el IMSS en contra del personal involucrado y con independencia de las determinaciones que se emitan, se anexe copia de la Recomendación en cita a sus expedientes laborales, así como coadyuve en la causa penal iniciada con motivo de los hechos.

Adopte medidas efectivas de prevención que garanticen la debida integración de los expedientes clínicos, conforme a la legislación nacional e internacional y normas oficiales mexicanas integrados y se exhorte al personal médico del hospital en cita, se sometan al proceso de certificación y recertificación ante los Consejos de Especialidades Médicas para brindar un servicio médico adecuado y profesional.

Emita una circular al personal del área de tococirugía para que cuando en dicho nosocomio se carezca de algún servicio se canalice a la brevedad a los pacientes a las unidades médicas del siguiente nivel de atención, así como se les capacite en derechos humanos, emergencias obstétricas, responsabilidad profesional, trato digno de pacientes, atención al recién nacido y debida observancia de las normas oficiales mexicanas.

Designe a la persona servidora pública de alto nivel que sea enlace con la CNDH para dar seguimiento al cumplimiento de esta Recomendación.

La Recomendación 3/2019, que ya fue debidamente notificada a su destinatario, puede consultarse en la página www.cndh.org.mx

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