El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación anunció este viernes que se modificará la resolución definitiva de la demanda presentada en contra de la gobernadora de Campeche Layda Elena Sansores Sanroman, pero confirmó que ordenó a la acusada abstenerse de seguir emitiendo agresiones del mismo tipo en su programa martes del jaguar.

Aquí el documento emitido por el máximo tribunal electoral del país relacionado con el caso:

Acuerdo que emite medidas cautelares, y determina: 1) no ha lugar a ordenar la eliminación de las publicaciones en las ligas de internet (links) indicadas en la demanda, porque de un análisis preliminar, se advierte que unas han sido eliminadas, y otras están amparadas por el manto jurídico protector a los periodistas; y 2) ordenar a la Gobernadora de Campeche abstenerse de emitir cometarios que supongan VPG, como medida de protección de los derechos políticos de la actora y del grupo de diputadas del PRI en el Congreso federal.

Atendiendo precisamente a los dichos de la demanda, es factible mandatar que se evite emitir o realizar cualquier acto, comentario o pronunciamiento que pueda conducir a una probable acreditación de VPG, pues las manifestaciones analizadas se realizaron en el programa “martes del jaguar” que constituye un ejercicio continuo de comunicación utilizado por la gobernadora de Campeche, de lo que se desprende una sistematicidad en el uso de ese mecanismo para difundir información relacionada con los hechos de los que se duele la demandante.

Este proyecto se circula para efectos de trabajo y discusión entre las ponencias. Su contenido no es obligatorio para ninguna de las magistradas ni magistrados de este TEPJF, incluyendo al Ponente. Por tanto, es totalmente modificable.

Es importante señalar que las manifestaciones realizadas por la Gobernadora se dirigen a un grupo de diputadas del PRI del Congreso federal, por lo que esas expresiones pueden suponer el riesgo de agudizar situaciones de discriminación, estigmatización y violencia contra, ellas, por la posible afectación de sus derechos a ejercer su cargo.

En consecuencia, esta Sala Superior considera que se actualiza el temor fundado de la actora respecto a la persistencia en la difusión de expresiones atribuidas a la gobernadora de Campeche, por lo que procede implementar medida cautelar de carácter preventivo para que la gobernadora se abstenga de emitir manifestaciones en las que haga referencia a la existencia de fotografías en las que supuestamente diputadas del PRI en el Congreso federal aparecen desnudas.

La gobernadora de Campeche se deberá abstener de hacer manifestaciones o expresiones similares a las analizadas, que pudieran constituir actos de VPG en detrimento de la actora o de las diputadas del PRI en el Congreso federal.

MEDIDA CAUTELAR IMPUESTA:

Conforme a lo expuesto, esta Sala Superior ordena a la Gobernadora de Campeche como medida cautelar preventiva: evite emitir o realizar cualquier acto, comentario o pronunciamiento que pueda conducir a una probable acreditación de VPG en perjuicio de la actora o de las diputadas del PRI en el Congreso federal, con el fin de tutelar su derecho político a ser votadas en su vertiente de desempeño y ejercicio del cargo, así como otros derechos humanos que resulten vinculados.

El cumplimiento de estas medidas otorgadas estará vigente hasta en tanto se resuelva el fondo del asunto.

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