La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad de votos, las sanciones impuestas a cuatro concesionarias por difundir propaganda gubernamental durante el periodo prohibido de la revocación de mandato y hacer uso indebido de recursos públicos.
La controversia inició a raíz de las denuncias presentadas por los partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, en respuesta a las expresiones realizadas por el titular del Ejecutivo federal en las conferencias “mañaneras” de 18 y 21 de febrero de 2022.
En su oportunidad, la Sala Regional Especializada determinó que se había difundido propaganda gubernamental en el periodo prohibido del proceso de revocación de mandato, así como el uso indebido de recursos públicos, por parte de diversas concesionarias que transmitieron las conferencias completas. Como resultado, les impuso las sanciones correspondientes.
En desacuerdo con esta decisión, el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, el Sistema Michoacano de Radio y Televisión, la Estación de Radiodifusión XHIPN-FM 95.7 Mhz y la Estación de Televisión XEIPN Canal Once del Distrito Federal acudieron a la Sala Superior.
El pleno, en sesión pública presencial, a propuesta del magistrado Indalfer Infante Gonzales, con la ausencia justificada del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, confirmó la sentencia impugnada al considerar que está debidamente fundada y motivada, es congruente y se ajusta a los principios de certeza, seguridad jurídica y exacta aplicación de la ley.
Además, se determinó que la sanción se individualizó correctamente (SUP-REP-173/2023 y acumulados).