El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó, por unanimidad de votos, la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes que declaró la existencia de la vulneración a la normativa en materia de propaganda electoral, atribuida a la candidata a la gubernatura de la coalición “Juntos Hacemos Historia en Aguascalientes”, Nora Ruvalcaba Gámez, por utilizar la imagen del presidente de la República en su propaganda electoral.
El tribunal local acreditó la utilización indebida de la imagen del presidente en la propaganda electoral, ello en virtud de que aparecía de fondo la silueta de su rostro. Por tal razón, sancionó a la candidata, a la coalición y a Morena.
En contra de la determinación local, Morena impugnó y alegó, en esencia, dos cuestiones. La primera, que la propaganda electoral no podía atribuirse a la candidata denunciada. La segunda, que la silueta no era identificable.
La Sala Superior, en sesión pública por videoconferencia, confirmó la determinación controvertida en relación con la existencia de la infracción denunciada, así como la sanción impuesta, pues acreditó debidamente la existencia de la silueta del presidente de la República en la propaganda denunciada y la prohibición legal de utilizar esa imagen para las candidaturas, así como para los partidos políticos (SUP-JE-170/2022 y su acumulado).