La senadora Imelda Castro Castro registró el proyecto de reforma y adiciones que busca incorporar la salud menstrual como una prioridad dentro de la normativa, los programas y las políticas públicas de salud y de educación en México.
Se trata reformar y adicionar la menstruación en cuatro leyes generales: I. La Ley General de Salud en su artículo 67; II. La Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres en su artículo 17; III. La Ley General de Educación en sus artículos 9 y 102 y IV. La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en el artículo 50. Esto con dos objetivos primordiales:
- Garantizar el acceso a productos de higiene y manejo menstrual como toallas sanitarias, tampones, compresas, analgésicos, hormonas, tratamientos y servicios de salud.
- Garantizar el acceso a información sobre el periodo menstrual en los niveles básicos de educación para derribar mitos y estereotipos que resultan dañinos para las niñas y mujeres.
La menstruación es un proceso biológico que dura entre 35 y 40 años en la vida de las mujeres; desde la menarquía y hasta la menopausia; es, además, un proceso que dura en promedio 5 días y que se da cada 28. Según el Inegi, el 27% de la población mexicana son mujeres que menstrúan (en 2019 se estimó una población de mujeres entre 15 y 49 años, de alrededor de 34.3 millones, lo que representa el 53.1% de la población femenina total. Es decir, alrededor del 27% de la población total del país).
Derivada de la desigualdad estructural, un alto porcentaje de las mujeres y adolescentes que menstrúan no tienen acceso a productos para atender la menstruación (toallas sanitarias, analgésicos, ropa interior y otros) debido a la falta de capacidad económica para acceder a productos de higiene menstrual y a la falta de información y mitos e ideas relacionadas a la menstruación que limitan el acceso de niñas, adolescentes y mujeres a productos de higiene menstrual y, por lo tanto, a oportunidades.
Según la Procuraduría Federal del Consumidor en México, el gasto en toallas sanitarias es de entre 425 y 1,220 al año, costo que resulta inaccesible para un alto porcentaje de niñas y mujeres en los deciles más bajos.
Al día de hoy, solo la planificación familiar es abordada en el artículo 67 de la Ley General de Salud. La incorporación de esta en la legislación garantiza, por ejemplo, el acceso gratuito y universal a métodos anticonceptivos desde centros de salud y hospitales del Estado.
Esta propuesta busca ahora integrar también la menstruación en ese mismo artículo, dado que es un proceso biológico esencial en la vida de las mujeres; se trata de un primer paso para garantizar que la menstruación sea atendida a cabalidad desde los servicios de salud.
Además, a través de la reforma a la Ley General de Educación en sus artículos 9 y 102, se busca que desde el sistema de educación pública se aborde, forme, eduque sobre la menstruación como un proceso biológico y natural en la vida de las niñas, adolescentes y mujeres para contribuir al conocimiento y al derrumbe de mitos e ideas erróneas sobre el periodo menstrual; además de mejorar el equipamiento e infraestructura en escuelas para atender estas necesidades.
Garantizar el acceso a productos, servicios e información sobre la menstruación como parte del derecho a la salud y la educación es una deuda histórica del Estado para con las mujeres. La Cuarta Transformación se caracteriza por garantizar el acceso de las personas a derechos y servicios públicos y desde esta propuesta se reivindican esos principios.