*Necesario tipificar como delito el discurso de odio
Ante el aumento de los mensajes de discriminación y hostilidad contra grupos vulnerables, especialmente a través de los medios de comunicación electrónicos, presenté una iniciativa para tipificar como delito el discurso de odio.
Esta práctica es un grave peligro para la cohesión de una sociedad democrática, la protección de los derechos humanos y el Estado de Derecho, por lo que es necesario velar porque estas expresiones no se empleen para silenciar a las minorías ni para reprimir la crítica a las políticas oficiales, la oposición política o las creencias religiosas.
Por ello propongo castigar con cuatro años de prisión o de 150 a 300 días de trabajo a favor de la comunidad y hasta 360 días multa a quien atente contra la dignidad humana o anule o menoscabe los derechos y libertades de las personas.
La sanción aplicará cuando se discrimine por razones de origen o pertenencia étnica o nacional, raza, color de piel, lengua, género, sexo, preferencia, orientación o identidad sexuales, edad, estado civil, origen nacional o social, situación de movilidad humana, condición migratoria, condición social o económica, condición de salud, embarazo, opiniones políticas o de cualquier otra índole.
El discurso de odio es una animadversión u hostilidad abierta hacia las personas o los colectivos en los que se integran por el color de su piel, su origen, su etnia, su religión, su discapacidad, su ideología, su orientación u identidad sexual, entre otros motivos discriminatorios.
El discurso de odio a menudo se ampara en la libertad de expresión, una libertad que no es absoluta y está limitada cuando daña otros derechos como la igualdad, el derecho al honor o la dignidad de la persona.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que está prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Además, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación establece dentro de sus artículos la prohibición de toda práctica discriminatoria que tenga por objeto o efecto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades.
Asimismo, sanciona todo tipo de propaganda que promueva ideas o teorías basadas en la superioridad de una raza, o que pretendan promover odio y discriminación racial.
A pesar de esto, el discurso de odio parece estar aumentando, especialmente a través de los medios de comunicación electrónicos, los cuales magnifican sus efectos, situación que debe subsanarse prestando el apoyo pertinente a las personas afectadas o a quienes van dirigidas estas expresiones.
La ignorancia y un dominio insuficiente de los medios de comunicación, así como la alienación, la discriminación, el adoctrinamiento y la marginalización, pueden explotarse para fomentar el uso del discurso de odio sin que se aprecien plenamente su auténtica naturaleza y sus consecuencias.
Esta iniciativa con proyecto de decreto propone reformar y adicionanar diversas disposiciones al artículo 149 ter del Código Penal Federal.