La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión del Tribunal Pleno, determinó, de conformidad con el artículo 107, fracción XVI, de la Constitución General, consignar a los anteriores miembros del Ayuntamiento de Bella Vista, Chiapas, quienes desempeñaron su cargo durante el período 2018-2021, ante el Juez de Distrito en turno del Centro de Justicia Penal Federal competente en el Estado, a fin de que sean juzgados y sancionados por incumplir una sentencia de amparo, así como requerir a los nuevos integrantes del Ayuntamiento su acatamiento.
Lo anterior, al haberse constatado que, pese a todos los requerimientos que se les hicieron, las referidas autoridades fueron totalmente omisas en dar cumplimiento a la sentencia de amparo que les obligó a dar respuesta por escrito, en forma inmediata y de manera congruente, a la petición formulada por el representante legal de los trabajadores en diversos juicios laborales, en el sentido de que se le informara respecto a los trámites realizados ante el Congreso Local para la obtención de recursos, a fin de solventar los pagos a los que el Ayuntamiento fue condenado, así como a realizar la notificación correspondiente, remitiendo en copia certificada la documentación con la que esto se acreditara.