Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ordenó al ayuntamiento de Pahuatlán, Puebla y a la Secretaría de Planeación y Finanzas del estado, continuar los trámites y gestiones para concretar a la brevedad un convenio de colaboración con el Comité Comunitario indígena de San Pablito, a fin de que este último reciba los recursos que les corresponden para ejercerlos.
En sesión no presencial, se otorgó un plazo máximo de 60 días naturales, contados a partir de la notificación de la sentencia, y se pidió privilegiar en lo posible la utilización de herramientas tecnológicas para atender las medidas necesarias respecto al periodo de emergencia sanitaria generada por el COVID-19.
El 23 de agosto de 2018, la Sala Superior revocó una sentencia de la Sala Regional Ciudad de México, y estableció que la comunidad indígena de San Pablito tiene los derechos colectivos a la autodeterminación, autonomía y autogobierno, vinculados con su derecho a la participación política efectiva, para determinar libremente su condición política, frente al ayuntamiento y demás autoridades en la entidad federativa
En ese contexto, la Sala Superior declaró hoy infundada una demanda de incidente de incumplimiento de sentencia pues decretó que el ayuntamiento de Pahuatlán y la Secretaría de Planeación y Finanzas, se mantienen en vías de cumplimiento de lo decretado el 23 de agosto.
Se ordenó además mantener el cumplimiento de la sentencia, informando a varias autoridades del Convenio de Colaboración, y que el Comité Comunitario inicie la apertura de cuentas bancarias para la transferencia de recursos que correspondan a la comunidad de San Pablito, con asesoría de la Secretaría en ese rubro, y en materia de transparencia y rendición de cuentas.
Las autoridades vinculadas, así como el Comité Comunitario deberán informar de su cumplimiento dentro de las 24 horas a que ello ocurra.