La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 29/2021 al gobernador constitucional del estado de San Luis Potosí, Juan Manuel Carreras López, y a la presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) de la entidad, Giovanna Itzel Argüelles Moreno, por violaciones a los derechos humanos a la integridad personal, a la legalidad y seguridad jurídica, así como por falta de debida diligencia y omisiones, en agravio de una mujer víctima de violencia institucional y de género.
La CNDH recibió un recurso de queja por parte de la víctima, en el que documentó que a pesar de ser reconocida como víctima de violaciones a derechos humanos, con motivo de la emisión de Recomendaciones por parte de la CEDH y la Comisión Nacional, no ha recibido una reparación íntegra de sus derechos humanos, ni se le han otorgado las medidas de ayuda y asistencia inmediata por parte de la Comisión Estatal Ejecutiva de Atención a Víctimas de San Luis Potosí (CEEAV-SLP).
Por el contrario, consideró que como represalia por las acciones legales emprendidas para exigir sus derechos, ha recibido trato discriminatorio, negligente e inadecuado por parte de personas servidoras públicas de la Comisión Estatal.
La CNDH pudo acreditar que, a lo largo de seis años, la víctima no ha recibido las medidas de asistencia, como atención psicológica por parte de la CEEAV-SLP y que sigue sin repararse el daño provocado por la vulneración a sus derechos humanos, situación que ha provocado nuevas afectaciones a su salud, como alopecia y descontrol en sus niveles de glucosa.
Además, no se le han provisto medicamentos, gastos de alimentación y traslado; tampoco se realizó un estudio especializado que permitiera recabar la caracterización socioeconómica de la víctima para realizar una valoración adecuada de sus condiciones y necesidades específicas desde su ingreso al Registro Estatal de Víctimas.
De igual forma, no se pudo acreditar si dicho organismo estatal ofreció asesoría jurídica a la víctima, contemplada no solo como la representación legal en los distintos procedimientos, sino como ayuda, orientación y seguimiento respecto de las medidas de protección, ayuda, asistencia y atención necesarias para garantizar su integridad física y psíquica.
En el actuar de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la CNDH advirtió pasividad y falta de consideración por parte de tres servidores públicos respecto de las necesidades, condiciones y situación específica de la víctima para implementar medidas a su favor que le permitieran acceder a la reparación integral del daño y careció de seguimiento para el otorgamiento de las medidas de ayuda, asistencia y atención por parte de la CEEAV-SLP.
Además, se tuvo por acreditado que el entonces presidente la CEDH informó del incumplimiento de la Recomendación 3/2017, tres años y cuatro meses después de la primera solicitud realizada por la víctima, ante su insistencia y perseverancia, sin pronunciarse respecto de una actitud reiterada de incumplimiento a las Recomendaciones por parte de la autoridad recomendada, y omitió precisar al Congreso local que debido a esa situación la víctima no ha sido reparada de manera integral por las violaciones a sus derechos humanos padecidas.
Por lo anterior, la Comisión Nacional dirigió seis puntos recomendatorios al gobierno San Luis Potosí y cinco más a la CEDH, entre los cuales destaca que se proporcione de manera inmediata las medidas de ayuda, asistencia y atención inmediata a la víctima; se solicite la colaboración con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas para la reparación integral del daño; se inicien los procedimientos de investigación en materia de responsabilidades a las personas servidoras públicas responsables; se incorpore una copia de la Recomendación en sus expedientes laborales y personales, y se adopten las medidas administrativas necesarias.
Para este Órgano Autónomo, el respeto a los derechos humanos y el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia debe integrarse como un auténtico compromiso por parte de las autoridades y las personas servidoras públicas en su vida diaria, para ello deben disponer de todos los medios legales a su alcance para que sus derechos humanos sean efectivos y justiciables.
La CNDH dará vista de esos hechos a la Legislatura del estado de San Luis Potosí, a efecto de que conforme a sus facultades y si lo considera procedente, haga comparecer a las autoridades responsables y a la actual presidenta de la Comisión Estatal, a fin de que se garantice la protección y eficacia del sistema no jurisdiccional de los derechos humanos y del sistema de atención a víctimas.
La Recomendación 29/2021 ya fue debidamente notificada a sus destinatarias y puede ser consultada en la página www.cndh.org.mx