Porque viola el artículo 16

El senador Samuel García cuestionó al subsecretario para América del Norte, Jesús Seade, por la pérdida de soberanía y la ola de amparos que ocasionarán los cambios establecidos en la adenda del Tratado México Estados Unidos Canadá (TMEC).

Durante la comparecencia del funcionario, el senador ciudadano, advirtió la intervención de Estados Unidos en materia laboral violando el artículo 89; además, subrayó el exceso del proceso jurídico tras las modificaciones en el tratado.

“También que se diga que se va a perder un poquito la soberanía en la instalación porque considero que la instalación no se pierde ni poquito ni mucho, o se pierde o no se pierde, porque de ser el caso el artículo 89 fracción décima, establece que le corresponde al Ejecutivo llevar la política exterior y en ningún caso permitir que se viole el principio de no intervención, entonces si se va a violar la soberanía aunque sea en una planta considero que se está violentando.

“Pero más allá, lo más importante tiene que ver con el proceso jurídico que considero está siendo muy excesivo con México, por un lado a la parte demandante le dan el principio de buena fe y al demandado le revierten la carga de la prueba, ni el sistema anglosajón ni en el civil nuestro se acostumbra que al que demandan tiene que probar, ¿cómo le va a hacer México para ayudar a todos los centros laborales que van a ser denunciados, que Estados Unidos tiene buena fe y México tiene que demostrar su acusación?”, cuestionó.

El legislador señaló que la Iniciativa Privada podrá ampararse contra los paneles que vigilarán el cumplimiento de la ley laboral, porque existe jurisprudencia en cuanto a autoridades extranjeras cometiendo un acto de molestia.

“Yo sí considero que va a llegar una ola de amparos porque independientemente que les pongan, inspectores, panelistas, observadores, etcétera, este adendum les da facultades de visitas, inspecciones, requerimientos, sanciones y sin previo juicio quitarles beneficios económicos, y eso independientemente del nombre, se llama autoridad cometiendo un acto de molestia y yo sí considero que  hay mucha jurisprudencia, sobre todo en el Tribunal de Justicia Administrativa, que señala que autoridades extranjeras no pueden intervenir ni cometer actos de molestia a mexicanos, porque son autoridades incompetentes.

“Ya sucedió en una ocasión cuando los certificados de origen quien lo revisaban eran los cónsules, se pedía a los cónsules visitar la planta y revisar que en realidad hubiera un contenido de origen, y se cayeron todos los juicios porque justamente el poder judicial estableció que no podía una autoridad extranjera, ya sea panelista, arbitro, hacer un acto de molestia viola el artículo 16”, dijo.

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