Es oficial la consultitis

La Cámara de Diputados aprobó con 328 votos a favor, 18 en contra y 118 abstenciones el dictamen de la Comisión de Gobernación y Población que reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con el fin de establecer que el presidente de la República puede constituir comisiones consultivas y presidenciales a través de decretos para el mejor despacho de los asuntos a su cargo.

El dictamen que reforma el artículo 21 del citado ordenamiento, cita que las comisiones intersecretariales que ya existen en la ley serán aquellas creadas por el primer mandatario para el despacho de asuntos en que deban intervenir varias Secretarías de Estado y estarán integradas por los secretarios de Estado o aquellos funcionarios de la Administración Pública Federal.

Menciona que serán comisiones consultivas aquellas conformadas por profesionales, especialistas o representantes de la sociedad civil, de reconocida capacidad o experiencia, con el fin de resolver una consulta determinada o emitir una opinión sobre algún tema especificado en el objetivo de su decreto de creación. Podrán ser ubicadas dentro de la estructura de una dependencia del Ejecutivo. Sus conclusiones no serán vinculantes.

Las comisiones presidenciales, agrega, podrán ser conformadas también por ex servidores públicos y funcionarios de otros poderes u órdenes de gobierno. Se constituirán como grupos de trabajo especiales para cumplir con las funciones de investigación, seguimiento, fiscalización, propuestas o emisión de informes que deberán servir como base para la toma de decisiones o el objeto que determine su Decreto de creación.

El documento, enviado al Senado de la República para sus efectos Constitucionales, puntualiza que todas estas comisiones deberán contener su denominación, nombre de integrantes y respectivos cargos, la definición de quien la presidirá, objeto y funciones que se les asignan y ubicación dentro de la estructura de la Administración Pública Federal, precisando si dependen directamente del presidente de la República o de alguna Secretaría de Estado.

También incluirán el periodo de su existencia, mismo que podrá ser prolongado por acuerdo del presidente de la República, y cuando sea necesario, recibirán la dotación de recursos para su funcionamiento, los cuales provendrán de la entidad pública de la cual dependen.

Señala que el cargo de miembro de cualquiera de las comisiones será honorífico y de confianza, por lo que no inhabilitará la posibilidad de desempeñar ninguna otra función pública o actividad privada.

Al fundamentar el dictamen, la diputada presidenta de la Comisión de Gobernación y Población, Rocío Barrera Badillo (Morena), explicó que el propósito de la reforma es dotar al Ejecutivo Federal de elementos, que sin visiones partidistas, promuevan la mejor atención de los asuntos.

“Estas comisiones se constituyen como grupos de trabajo especiales para cumplir con las funciones de investigación, seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes que deberán servir como base para la toma de decisiones”, afirmó.

Expresó que se fortalecerá la vida democrática, el establecimiento de mecanismos efectivos e institucionales de rendición de cuentas y la reconciliación de la sociedad; además, insertará al sistema jurídico las comisiones consultivas y presidenciales.

“La propuesta fortalece la tradición institucional que debe caracterizar a la nación y se ha puesto en tela de juicio en varias y complejas situaciones”, agregó.

Expresó que se busca potencializar a las comisiones que el presidente establezca, a efecto de atender diversos retos del ejercicio de la función pública o cuestiones que, por su complejidad, requieren ser abordadas mediante esquemas que respondan a lógicas distintas a las que caracterizan a los entes públicos, “sin que ello implique aprovechar espacios de obscuridad e imprecisión jurídica para recurrir a las llamadas facultades meta-presidenciales”.

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