Exigen reparar daños
Al determinar violaciones a los derechos humanos a un medio ambiente sano de las y los pobladores de los alrededores de la Presa Endhó, por contaminación y descarga de aguas residuales, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 159/2024 a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA); Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA).
También al gobernador del estado de Hidalgo y a los presidentes municipales de Tula de Allende y Tepetitlán. Los días 10 y 11 de agosto de 2023 visitadores de la CNDH —especializados en materia de biología y criminalística— recorrieron el río Tula y la Presa Endhó, inspeccionaron y tomaron muestras en 22 puntos a fin de poder determinar la contaminación existente en el lugar, a raíz de un escrito de queja.
El análisis de las evidencias y documentación concluyó la existencia de violaciones a los derechos humanos a un medio ambiente sano y al saneamiento al agua por contaminación de la presa Endhó por descargas de aguas residuales no controladas.
Se encontraron en el agua residuos sólidos urbanos, principalmente de tipo doméstico, llantas y plásticos, una coloración marrón, alto contenido de sedimento, olor fétido a drenaje y espuma en diferentes puntos —mismos que son característicos en descargas de aguas residuales—, así como otros elementos que, además de contaminar el agua, también pueden causar afectaciones a la salud de las personas y dañar la vida acuática, además de la eventual destrucción de la flora y fauna.
La presencia de contaminantes en el agua del río Tula y la Presa Endhó, fue causada por la ineficaz gestión de las aguas residuales, poniendo en riesgo las fuentes de abastecimiento de agua para consumo humano, para riego y otros recursos susceptibles de ser aprovechados como la pesca y las actividades recreativas que se llevan a cabo en la región.
Se acreditó que la contaminación de los cuerpos de agua en el área de estudio está estrechamente ligada con el desfogue de aguas residuales provenientes tanto del Valle de México como de los parques industriales aledaños a la región y de las descargas municipales de las comunidades cercanas con nulo o deficiente sistema de saneamiento, lo que en conjunto representa una importante amenaza para la salud pública.
Asimismo, la CNDH determinó que las autoridades señaladas no han garantizado la disponibilidad y accesibilidad de servicios públicos básicos de alcantarillado, saneamiento y gestión de residuos —eficientes y de calidad— para quienes habitan en zonas cercanas.
Además de subrayar la existencia de descargas de aguas residuales sin contar con el permiso correspondiente por parte de la autoridad competente o bien, en franca contravención a la normatividad aplicable, pues si bien la CONAGUA y la PROFEPA manifestaron haber realizado visitas de inspección e iniciado diversos procedimientos administrativos, éstos han sido insuficientes.
Por ello, la CNDH recomendó a la CONAGUA celebrar un convenio de coordinación con la PROFEPA, el gobierno estatal y los municipios señalados para la protección ambiental, restauración y reparación integral de los daños ocasionados por la contaminación de la Presa Endhó; ejecutar un programa de saneamiento y expedir la Declaratoria de Clasificación de la Presa, a fin de establecer restricciones o disposiciones para la descarga de aguas residuales.
Por su parte, la PROFEPA deberá vigilar el cumplimiento de la normatividad ambiental en la presa Endhó y sus afluentes, con la participación de los tres niveles de gobierno; elaborar un programa de visitas de inspección calendarizado; solicitar recursos presupuestales para que la Representación de esa instancia cuente con los recursos humanos y materiales suficientes que permitan ejercer sus atribuciones y dar seguimiento a la denuncia contra las personas servidoras públicas por las probables faltas administrativas señaladas.
Al Gobierno de Hidalgo se le recomendó participar en el programa integral de saneamiento de la Presa; elaborar un cronograma con la planeación de las actividades de su competencia; elaborar un registro de las empresas y localidades que descargan aguas residuales; verificar el estado operativo de los sistemas de drenaje y alcantarillado que tenga a su cargo para —si es el caso— hacer las adecuaciones, reparaciones y mantenimiento necesarios.
Por último, las presidencias municipales de Tula y Tepetitlán también deberán participar activamente en las actividades de protección ambiental, restauración y reparación integral de los daños ocasionados por la contaminación de dicho cuerpo de agua, así como en el programa de saneamiento; elaborar el diseño y presupuesto necesario para un proyecto de construcción y/o rehabilitación, operación y mantenimiento de los sistemas de alcantarillado, drenaje y saneamiento, entre otras medidas.
Los anteriores puntos recomendatorios tienen el objetivo de crear mecanismos para reparar de manera integral el daño al medio ambiente y a las comunidades aledañas a los cuerpos de agua, así como lograr que los prácticas de contaminación puedan revertirse y prevenirse a través de la actuación coordinada de las autoridades y personas servidoras públicas cuya obligación es garantizar los derechos humanos a un medio ambiente sano y al saneamiento del agua a las poblaciones y a la sociedad mexicana en su conjunto.
La Recomendación 159/2024 ya fue debidamente notificada y puede consultarse en la página web
cndh.org.mx.