Por allanar un domicilio, detener ilegalmente a dos personas, retenerlas ilegalmente y torturarles, todo ello atribuible a elementos de la Policía Federal (PF) en Ciudad Victoria, Tamaulipas, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 26VG/2019 al Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Francisco Alfonso Durazo Montaño.
Concluida su investigación, este Organismo Nacional acreditó que con su actuación los elementos de la PF incurrieron en violaciones graves a los derechos humanos a la libertad, seguridad personal y legalidad, por la inviolabilidad del domicilio de dos personas, su detención arbitraria y retención ilegal, así como a la integridad personal por actos de tortura contra dichas personas.
Esta Comisión Nacional recibió la queja iniciada por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Tamaulipas, en la que se detalla que el 9 de agosto de 2014, varios policías federales ingresaron al domicilio de las dos personas agraviadas, un hombre de 30 años y una mujer 35 años de edad en ese momento; les detuvieron sin orden alguna y les torturaron física y psicológicamente, provocando que ella sufriera la pérdida del producto de la gestación; les obligaron a declararse culpables de delitos de delincuencia organizada y contra la salud; les retuvieron por más de un día y les pusieron a disposición de la entonces Procuraduría General de la República (PGR) en la Ciudad de México.
Por ello, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos recomienda al Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana reparar el daño a los dos agraviados, que incluya compensación en términos de la Ley General de Víctimas; se les brinde atención psicológica y se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas.
También, colaborar en la integración de la carpeta de investigación que se inicie con motivo de la denuncia y la queja que la CNDH presente ante la Fiscalía General de la República y la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Federal, respectivamente, contra el personal involucrado en los hechos, incluyendo a otros elementos de la corporación que por acción u omisión hayan permitido esa actuación.
Asimismo, se deberá capacitar a los agentes de la Policía Federal en materia de derechos humanos, específicamente sobre los estándares internacionales, acuerdos y protocolos descritos en la Recomendación, relacionados con los derechos a la integridad, seguridad jurídica y libertad personal, así como con la prohibición de la tortura, deberá abastecer a los agentes de la PF con equipos de videograbación, audio y geolocalización satelital que permitan confirmar, a través de su uso permanente, que en las acciones llevadas a cabo durante los operativos respetan los derechos humanos.
Se le pide, igualmente, realizar las gestiones conducentes para reformar el artículo 14, primer párrafo, del “Protocolo de Actuación de la Policía Federal sobre el Uso de la Fuerza”, con el fin de que el uso de esos elementos de grabación sea obligatorio y atienda estándares internacionales en materia de rendición de cuentas, así como designar a una persona servidora pública de alto nivel que sea enlace con la CNDH para dar seguimiento al cumplimiento de esta Recomendación, que ya fue notificada a su destinatario y puede consultarse en la página www.cndh.org.mx