Carlos Romero Aranda, Procurador Fiscal de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, explicó la forma en que el gobierno vigilará la defraudación fiscal en todo el país.

“Es muy importante el poder identificar en qué casos se persiguen los delitos por delincuencia organizada en el caso de defraudación fiscal. Se comete el delito de delincuencia organizada por defraudación fiscal cuando tres o más personas en forma permanente, reiterada, llevan a cabo actividades ilícitas.

“Esto va perfectamente tipificado para los factureros o en este caso los que prestan el servicio de tercerización ilegal; es decir, que constituyen empresas con testaferros, con domicilios que no representan el giro de la empresa, con empresas que no tienen activos y, sin embargo, pasan grandes cantidades de dinero por las mismas y que únicamente se constituyen para un fin ilegal, esto es para defraudar al Instituto Mexicano del Seguro Social, al Infonavit y al SAT. Esto es delincuencia organizada.

“¿Por qué delincuencia organizada?

“Porque nos enfrentamos a diversos casos donde estas empresas al final de cuentas sacaban el dinero en efectivo y nosotros no teníamos las herramientas para poder seguir la huella del dinero para tratar de llegar a las cabezas de estas organizaciones criminales.

“Con estas herramientas que da el régimen de excepción de la delincuencia organizada, nos permite tener escuchas para poder identificar cómo se mueven estas organizaciones, nos permite tener criterios de oportunidad, es decir, cualquier persona que participe en la organización criminal puede tener algún beneficio si dice quién es el líder de la organización criminal, pueden tener cateos porque este dinero lo llevan a veces a casas de seguridad o lo tienen en bóvedas para poder traer este dinero al fisco federal; y, por último, esto permite tener prisión preventiva oficiosa.

“Entonces, quiero dejar perfectamente claro, esto es el régimen de delincuencia organizada para el que da el servicio de outsourcing, para todos estos grupos que prestan el servicio de tercerización.

“Para los patrones, que son los que contratan el servicio de tercerización o de outsourcing. Este delito es contra la seguridad nacional, esto permite… Que es distinta la percepción y la justificación.

“El delito contra la seguridad nacional también permite prisión preventiva oficiosa por arriba de 7.5 millones de pesos. Pero aquí sí se da la oportunidad, aunque no hay acuerdos reparatorios, sí se da la oportunidad para que puedan regularizar su situación fiscal, que paguen todo lo que deben y a cambio de eso, no se va a ejercer acción penal.

“Por eso es muy importante que se presenten, regularicen su situación y, como mencionaba nuestro señor presidente, el tema de las empresas que se acercaron y se regularizaron fueron empresas que tenían una operación real, pero que habían comprado facturas.

“Ellos decidieron, ante la entrada en vigor de estas reformas, que podían dar el carácter de violación a la Ley de Seguridad Nacional y que podrían tener prisión preventiva oficiosa, decidieron regularizar su situación fiscal y firmaron acuerdos reparatorios, donde se reconoce que no va a haber acción penal porque son antes de la reforma y se reconoce que llevaron a cabo operaciones simuladas, y se comprometieron en próximos días a hacer una declaración en un medio de circulación nacional donde reconozcan que cometieron estas irregularidades y que van a cumplir debidamente con sus obligaciones fiscales.

“Entonces, es la diferenciación. Y se requería este marco legal precisamente para poder llegar a las cabezas de estos grupos delictivos”.

01/15/2020

Save
Cookies user preferences
We use cookies to ensure you to get the best experience on our website. If you decline the use of cookies, this website may not function as expected.
Accept all
Decline all
Analytics
Tools used to analyze the data to measure the effectiveness of a website and to understand how it works.
Google Analytics
Accept
Decline
Unknown
Unknown
Accept
Decline