La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 63/2019 al Presidente Municipal de Tlapa de Comonfort, Dionicio Merced Pichardo García, por actos de tortura y violencia sexual en agravio de una persona defensora de derechos humanos, atribuibles a mujeres integrantes de la Policía Municipal, y al Fiscal General del Estado de Guerrero, Jorge Zuriel de los Santos Barrila, por la inadecuada atención de los hechos vulnerando los derechos humanos a la integridad personal, acceso a la justicia en su modalidad de procuración de justicia, a la privacidad y a vivir una vida libre de violencia.
El 16 de septiembre de 2017 la activista fue detenida con su pareja por policías municipales al alterar el orden en la vía pública y tener comportamientos agresivos contra las autoridades policiales al momento de su detención, lo que no justifica la reacción de éstas hacia la activista.
Por ello, dichas personas fueron trasladadas a la Comandancia Municipal, donde la defensora fue intimidada por dos mujeres policías, quienes, además, la agredieron sexualmente.
Al ser liberada se dirigió a la Agencia del Ministerio Público Especializada en Delitos Sexuales para presentar la denuncia; sin embargo, dicha instancia estaba cerrada, por lo cual acudió a la Agencia del Ministerio Público del Fuero Común, donde le informaron que no podían atenderla porque se encontraba alterada y el delito no era de su competencia, por lo que le solicitaron retirarse, llamando a la policía municipal.
Tras su investigación, la CNDH concluyó que la agraviada presentó lesiones en el cuerpo y secuelas psicológicas consecuencia de la violencia sexual, y resolvió que dichos actos trascienden a tortura, ya que le fueron realizados con la finalidad de castigarla por su comportamiento y resistencia en su detención.
Por otra parte, este Organismo Constitucional Autónomo observó que la Fiscalía Estatal vulneró el derecho de la agraviada de acceso a la justicia, al negarle la posibilidad de presentar su denuncia debido a estereotipos de género, lo que derivó en dilación para la investigación de la agresión sexual.
Además, tras presentar la denuncia, los dictámenes periciales en Medicina Legal y Psicología no le fueron practicados de manera inmediata porque no había personal disponible.
La CNDH determinó también que la Policía Municipal y la Fiscalía Estatal no garantizaron la protección de los datos personales de la víctima, contenidos en soportes electrónicos de imagen y vídeo, debido a que fueron divulgados en redes sociales y medios de comunicación mientras ambas autoridades tenían el material en su resguardo.
Asimismo, los días 22 y 23 de octubre del mismo año, la Fiscalía difundió dos comunicados con información inexacta del motivo de la detención e información sensible de la activista, que dieron lugar a discriminación y estigmatización por su calidad de defensora de derechos humanos y por su reclamo de ser víctima de violencia sexual.
Por esos hechos, la CNDH recomienda al Fiscal General del Estado de Guerrero y al Presidente Municipal de Tlapa de Comonfort reparar el daño a la víctima.
Al Fiscal General se le solicita continuar con la integración de la Carpeta de Investigación, que deberá ser tramitada con perspectiva de género; colaborar en la queja que se presente ante el Órgano Interno de Control de la Fiscalía Estatal contra las personas servidoras públicas responsables.
También, capacitar a todos los agentes del Ministerio Público adscritos a la Región de la Montaña para la investigación con perspectiva de género de casos de violencia sexual contra las mujeres, que incluya las diligencias contenidas en el Protocolo Estatal de Atención a Delitos Sexuales; emitir un protocolo con perspectiva de género sobre medidas de seguridad en las Agencias del Ministerio Público, y realizar un diagnóstico para evaluar las necesidades de personal ministerial y pericial.
Al presidente municipal de Tlapa de Comonfort se le pide colaborar en la denuncia que se presente ante la Fiscalía Estatal contra las mujeres integrantes de la Policía Municipal que participaron en los hechos, así como en el trámite que se realice ante la Secretaría de Contraloría y Transparencia Gubernamental para que investigue y determine la responsabilidad de los elementos de la Policía Municipal involucrados y capacitar al personal policial sobre el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia, así como garantizarles su integridad personal y privacidad.
La Recomendación 63/2019, que ya fue debidamente notificada a sus destinatarios, puede consultarse en la página www.cndh.org.mx