Conclusión de la CNDH

Tras acreditar que elementos policiacos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Guerrero (SSP Guerrero) cometieron violaciones graves a derechos humanos cuando dispararon en contra de tres estudiantes de la Escuela Normal Rural “Raúl Isidro Burgos” en Chilpancingo, lo que provocó la muerte de uno de ellos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 159VG/2024.

El 8 de marzo de 2024, la CNDH atrajo el caso de oficio e inició la investigación. Las evidencias recabadas confirmaron violaciones graves a los derechos humanos: a la seguridad jurídica y personal por retención ilegal de los estudiantes, a la integridad personal por pérdida de la vida de otro de los estudiantes y así como por el uso excesivo de la fuerza en contra de los tres estudiantes normalistas.

Ese día, las tres víctimas se dirigían a Chilpancingo en una camioneta. Al detenerse para hacer una compra, fueron abordados por elementos policiacos a bordo de motocicletas, exigiéndoles que descendieran del vehículo.

La situación provocó que los jóvenes se asustaran por lo que uno de ellos arrancó la camioneta, frente a lo cual los elementos de seguridad pública de Guerrero comenzaron a disparar, lesionando al conductor en la cabeza, ocasionando su posterior muerte al ingresar a un hospital local.  Otro de los estudiantes que iba a bordo fue detenido y golpeado.

La CNDH concluyó que la actuación de los policías no siguió los principios básicos para el uso de la fuerza por parte de los agentes del Estado, pues no se encontró evidencia de que su empleo fuera de forma gradual y razonada, omitiendo opciones menos letales como la persuasión verbal para lograr la cooperación de los estudiantes o mediante el uso de medios o equipo destinados a restringir la movilidad.

En cambio, se deduce que los policías actuaron con la intención de causar daño grave, disparando directamente a la cabeza del estudiante que conducía, así como al vehículo de manera directa, omitiendo emplear algún tipo de táctica de sometimiento.

Por otro lado, se concluyó que otro de los estudiantes fue retenido ilegalmente durante más de 10 horas, violando sus derechos a la seguridad jurídica y personal, lo que independientemente de la causa alegada por los agentes que participaron en su detención, constituyó una retención y dilación indebidas.

Ante los hechos descritos, la CNDH recomendó a la SSP de Guerrero reparar integralmente el daño causado a los dos estudiantes sobrevivientes, así como a 12 personas más, incluyendo medidas de compensación y brindarles la atención médica, psicológica y/o tanatológica que requieran; se les devuelvan a las víctimas sobrevivientes sus teléfonos móviles confiscados por las autoridades el día de los hechos o reponerlos por unos de características técnicas iguales o similares y colaborar en la investigación judicial en curso así como con el procedimiento de investigación disciplinaria. También se recomendó que, previo acuerdo con las víctimas directas e indirectas, se realice un acto de disculpa pública en el que se reconozca la vulneración a sus derechos humanos y exista aceptación de la responsabilidad por lo ocurrido a fin de que se restituya, en medida de lo posible, el desarrollo y vida de las víctimas directas e indirectas.

Finalmente, se recomendó que se impartan cursos especializados en derechos humanos dirigidos a elementos de la SSP de Guerrero con énfasis en el uso de la fuerza y debida diligencia en la detención y puesta a disposición de personas, así como que revisen las normativas, protocolos y mecanismos que se emplean en la actuación de los policías de la SSP para que estos se apeguen completamente al respeto y defensa de los derechos humanos como parte esencial de su servicio público, para garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos y fomentar una cultura de paz.

La Recomendación 159VG/2024 ya fue debidamente notificada y puede consultarse en la página web cndh.org.mx

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