¡¡¡Aunque usted no lo crea!!!

El diputado federal Alejandro Robles propuso una iniciativa que castiga el plagio de tesis solo cuando se detecte en los cinco años posteriores a la entrega de la cédula profesional, propuesta que conlleva clara tendencia a proteger a los tramposos descubiertos a partir del caso de la ministra Jasmín Esquivel Mossa.

Dicha iniciativa propuesta por el legislador de Morena, aparece en medio del escándalo de la originalidad de la tesis de licenciatura de la ministra hoy integrante de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, también declara militante del partido Morena.

El documento señala que además de que no se castigue a los tramposos si se rebasa el término de cinco años, también se pide restar las facultades a las autoridades para quitar el título universitario en cualquier caso.

La iniciativa de Robles se comienza a conocer como la “ley Esquivel” y establece que las facultades de la Dirección General de Profesiones y de las autoridades universitarias que emitieron el título profesional para llevar a cabo la anulación del registro del título profesional y revocación la cédula de ejercicio con efectos de patente, prescriban en un periodo de cinco años, contados a partir de la obtención de la cédula profesional con efectos de patente académica.

La iniciativa del diputado morenista Alejandro Robles busca hacer modificaciones a la Ley Reglamentaria del Artículo 5 Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en la Ciudad de México, para castigar el plagio de tesis. 

El legislador fundamenta su iniciativa con el argumento de que en la actualidad hay un vacío legal que ocasiona incertidumbre sobre dicho tema, lo que, señala con énfasis, no sólo generó polémica por el caso de la ministra Yasmín Esquivel, sino también con el del expresidente Enrique Peña Nieto o con Vicente Fox, quien presentó como tesis profesional su Plan de Gobierno tras hacerle algunas adecuaciones.

Por ello plantea añadir al artículo 74 a la Ley una definición clara de plagio lo siguiente: "La apropiación indebida que se realice de ideas, manifestaciones, escritos u obras ajenas con el fin de presentarlas como propias".

Y también se incluirá el artículo 75 cn el siguiente texto: “El plagio de los textos que se haga para obtener el título y la cédula se castigará con la anulación del registro del título profesional y revocación de la cédula de ejercicios con efecto de patente que se le hayan otorgado a la persona que actualice la hipótesis normativa enunciada en el presente artículo”.

Save
Cookies user preferences
We use cookies to ensure you to get the best experience on our website. If you decline the use of cookies, this website may not function as expected.
Accept all
Decline all
Analytics
Tools used to analyze the data to measure the effectiveness of a website and to understand how it works.
Google Analytics
Accept
Decline
Unknown
Unknown
Accept
Decline