La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que sí hubo responsabilidad por parte del secretario de Turismo, Miguel Torruco Marqués y su vocero, por la difusión del video en cuentas oficiales de redes sociales de la “Estrategia Nacional de Turismo 2019-2024” en que aparecía el jefe del Ejecutivo.
En sesión pública, por mayoría, se confirmó la existencia de la violación al artículo 134 párrafo 7 de la Constitución por parte del secretario de Turismo, pues debió tener conocimiento de dicha campaña.
Por ello se ordenó hacer del conocimiento de la falta al presidente de la República, como su superior jerárquico, a fin de que se proceda en los términos de las leyes aplicables, de conformidad con el artículo 457 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
La Sala Superior confirmó la resolución de la Sala Regional Especializada en lo relativo a la existencia de violación al artículo 134 párrafo 7 de la Constitución, por parte de Héctor Gustavo Armenta Sosa, como Director General de Comunicación Social de la Secretaría de Turismo del Gobierno Federal, esto por incluir el emblema y/o siglas del partido Morena en dicha propaganda gubernamental, y ordenó hacerlo del conocimiento del Órgano Interno de Control de la dependencia.
Las magistradas y magistrados consideraron que en ese caso no existió promoción personalizada a favor del presidente Andrés Manuel López Obrador, y tampoco hubo violación a la ley por el partido político Morena, en lo que respecta a un beneficio indebido y adquisición de tiempos en radio. (SUP-REP-37/2019 y acumulados)