La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 73/2021 al director general del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP), Ernesto Prieto Ortega, por incumplir un laudo declarado firme e inatacable, de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) en favor de un extrabajador de la CFE.
En la queja recibida por este Organismo Nacional el pasado 30 de marzo, el promovente señala que fue despedido de su fuente de trabajo en la CFE, razón por la que recurrió ante la JFCA para demandar el pago de una serie de prestaciones laborales.
La Junta resolvió en favor del demandante en junio de 2019, con una sentencia que condena al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, hoy transformado en el INDEP, al pago de diversas prestaciones, no obstante, el Instituto ha aplazado en dos ocasiones el término para el cumplimiento de dicha sentencia en agravio de los derechos la víctima.
La CNDH recabó los elementos suficientes para determinar que el incumplimiento del laudo mencionado viola los derechos humanos a la legalidad, a la seguridad jurídica y al acceso a la justicia. Se determinó además que los servidores públicos involucrados incurrieron en responsabilidad al incumplir con el plazo razonable establecido para el cumplimiento de la sentencia.
Por ello, la CNDH emitió una serie de puntos recomendatorios en los que solicita al INDEP realizar el ingreso del extrabajador en el Registro Nacional de Víctimas, para garantizar que se otorguen las medidas de ayuda, asistencia, atención, acceso a la justicia y reparación integral del daño, conforme a la ley correspondiente. Además, deberá hacerse la presentación y seguimiento de una queja ante el Órgano Interno de Control del Instituto, en contra de los servidores públicos implicados.
Asimismo, diseñar un plan de trabajo para dar cabal cumplimiento al laudo e informar de ello a esta Comisión Nacional, en un plazo no mayor a tres meses, y generar un curso integral de capacitación, dirigido al personal de mando medio y superior de esa dependencia, asegurándose de que participen todas las áreas involucradas en el proceso relacionado con el cumplimiento de laudos y especialmente las y los servidores públicos involucrados en la queja que se resuelve.
Por último, solicita dar respuesta sobre la aceptación de la Recomendación y que se informe a esta Comisión, con la evidencia correspondiente, sobre el cumplimiento de las medidas señaladas.
La Recomendación 73/2021 ya debidamente notificada a su destinatario y puede consultarse en la página www.cndh.org.mx.