PAN, PRI, PRD y grupo plural
El pasado jueves 17 de marzo, la mayoría en el Senado avaló un dictamen con proyecto de decreto con el que pretende hacer una interpretación de diversas disposiciones a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley Federal de Revocación de Mandato.
El motivo principal es que no se consideren como propaganda gubernamental las expresiones de funcionarios públicos, y lograr así que legisladores, gobernadores y demás servidores públicos, incluido el presidente de la República, puedan promover la revocación de mandato.
Si bien el espíritu del dictamen, aprobado ya por ambas Cámaras, y publicado en el Diario Oficial de la Federación en su edición vespertina del mismo 17 de marzo de 2022, resulta en un fraude a nuestra Ley Suprema con la finalidad de dejar sin materia los procesos judiciales derivados de las violaciones cometidas por los partidarios de Morena; también incurre en un importante error en la lectura de las mismas leyes que busca interpretar.
Derivado de una amplia reforma en materia de violencia política de género publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de abril de 2020, el orden de los incisos del numeral 1 del artículo 449 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales fue modificado para adicionar un nuevo inciso b, que ahora señala como infracciones a la Ley el “b) Menoscabar, limitar o impedir el ejercicio de derechos políticos electorales de las mujeres o incurrir en actos u omisiones constitutivos de violencia política contra las mujeres en razón de género, en los términos de esta Ley y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia”.
Esto no fue advertido por los iniciantes de la propuesta quienes, debido a la premura por modificar el texto y avalar una interpretación a modo, la elaboraron sobre el texto no reformado. Producto de este error es que el decreto en su artículo primero sobre la interpretación a la figura de propaganda gubernamental cita erróneamente el inciso b (violencia política de género) en vez del inciso c (propaganda gubernamental). Mientras que en el segundo artículo del decreto sobre la interpretación del principio de imparcialidad se indica de manera errónea el inciso c) (sobre propaganda) en vez del inciso d) (principio de imparcialidad).
Las oposiciones en el Senado señalaron este yerro. Sin embargo, en la cerrazón del oficialismo fueron ignoradas durante el debate. Por ello, por medio del presente comunicado queremos señalar que esto no es un error menor; no se trata de una confusión que pueda ser sujeta a cambios a posteriori, tampoco sería posible resolverlo con una fe de erratas o una aclaración.
En virtud de la incapacidad de la mayoría de Morena para reconocer siquiera que el proyecto de Decreto contenía errores graves en la cita a las normas que no sólo aparentemente aspira a interpretar, sino busca rebasar su alcance a través de un régimen transitorio con supuestas consecuencias jurídicas, entre ellas el deber de las y los legisladores, del INE y de las dependencias del gobierno de emitir nuevas.
Es por ello que, las y los senadores del PAN, PRI, PRD y Grupo Plural interpondrán la acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y presentarán la denuncia correspondiente ante el Órgano Interno de Control del Senado por la ausencia de excusarse de conocer y votar un asunto del cual esperan derivar un beneficio personal en el procedimiento sancionador al cual están sujetos por hacer propaganda gubernamental en el periodo prohibido por la Constitución.