La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión del Tribunal Pleno, ordenó a los congresos locales de la Ciudad de México, Morelos y Yucatán legislar en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, a efecto de que subsanen vicios en sus respectivas legislaciones.
En una acción de inconstitucionalidad promovida en contra de diversas disposiciones de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, el Pleno ordenó al Congreso de la Ciudad de México, que durante el próximo periodo ordinario de sesiones, legisle para subsanar los vicios observados en el artículo 21 de la ley local, en materia de avisos de privacidad.
A continuación, en la acción de inconstitucionalidad promovida en contra de diversas disposiciones de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Morelos, invalidó diversas porciones normativas donde se regulaban aspectos del recurso de revisión y condenó al Congreso del Estado de Morelos a que en el siguiente periodo ordinario de sesiones, legisle para subsanar las deficiencias relativas a la procedencia del recurso de revisión.
Finalmente, en la acción de inconstitucionalidad promovida contra diversas disposiciones de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Yucatán, el Pleno ordenó al Congreso de ese estado, que en el próximo periodo ordinario de sesiones legisle para subsanar los vicios relacionados con las medidas que deberán tomarse para la recepción, trámite y entrega de respuestas a solicitudes planteadas en diversas lenguas indígenas.
Acciones de inconstitucionalidad 47/2018 y su acumulada 48/2018, promovidas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de esa entidad el 10 de abril 2018.
Acciones de inconstitucionalidad 38/2016 y su acumulada 39/2016, promovidas por la Procuraduría General de la República y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, publicada en el Periódico Oficial de esa entidad el 27 de abril de 2016.
Acción de inconstitucionalidad 100/2017, promovida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Yucatán, publicada en el Periódico Oficial de esa entidad el 17 de julio de 2017, mediante Decreto 503/2017.