La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión de Primera Sala, determinó conocer de un asunto que podría llevar a definir si el rechazo de una aseguradora de la solicitud de alta de una persona con discapacidad en una póliza de seguros, se puede considerar como un acto de autoridad para efectos del juicio de amparo, bajo los principios de igualdad y no discriminación y bajo el modelo social en el que se funda la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

También podría establecer la diferencia entre discapacidad y enfermedad, con el fin de precisar si la discapacidad puede ser o no considerada un riesgo en materia de seguros, tomando en consideración, principios como la libertad contractual y la autonomía de la voluntad y aquellos en materia de discapacidad, tales como el derecho a la igualdad ante la ley y el derecho a no discriminar por motivos de discapacidad.

Solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 713/2019. Ponente Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá. Sesión 19 de febrero de 2020.

Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.

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