La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 51/2020 al Director General de la Asesoría Jurídica Federal en suplencia del Titular de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), Andrés Carlos Vázquez Murillo, por incumplir una propuesta de conciliación emitida por este Organismo Nacional, no garantizar la reparación del daño a víctimas del delito y divulgar indebidamente sus datos personales.
El 5 de marzo de 2019, una persona presentó un escrito de queja ante la CNDH señalando que en agosto de 2018 este Organismo Nacional había emitido una propuesta de conciliación a la entonces Procuraduría General de la República (hoy Fiscalía General de la República), en la que se le reconoció como víctima directa de violaciones a derechos humanos, solicitando a dicha autoridad reparar el daño ocasionado con motivo de la responsabilidad en que incurrió el personal de esa dependencia.
La entonces PGR solicitó la intervención de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, instancia que el 3 de enero de 2019 determinó el plan de reparación integral en favor del agraviado y de otras cinco personas, sin que al momento de presentar su queja, la CEAV les hubiese otorgado atención médica y psicológica especializada; además de que el personal de dicha dependencia indebidamente divulgó sus datos personales -colocándolas en situación de riesgo- y canceló las medidas de alimentación y alojamiento otorgadas en su favor.
El análisis del expediente realizado por la CNDH permitió evidenciar violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, por el incumplimiento de la conciliación y no tomar las medidas correspondientes para garantizar la reparación del daño en favor de la víctima y sus familiares; a la protección a la salud del agraviado y su esposa; así como al derecho a la privacidad por revelar los datos personales de las víctimas.
Este Organismo Autónomo advirtió que no hubo evidencia de que la CEAV hubiese realizado evaluaciones físicas y psico-diagnóstica a las víctimas, que permitieran detectar sus necesidades para brindarles la atención especializada que requerían hasta su total rehabilitación y vulneró el derecho a la seguridad jurídica de una de ellas al suspenderle las medidas de apoyo de las que gozaba y tampoco se le permitió interponer defensa alguna.
Por lo anterior, la CNDH solicita al Director General de la Asesoría Jurídica Federal de la CEAV emitir una circular a las áreas respectivas para que, en un plazo de dos meses, se cumpla en sus términos con la reparación del daño, además de otorgarles una compensación justa y suficiente con motivo de los actos y omisiones cometidas.
También solicitó emitir un acuerdo para continuar proporcionando asesoría jurídica a la víctima y brindar las medidas de apoyo en materia de alojamiento y alimentación a sus familiares que acrediten el derecho; colaborar en la presentación y seguimiento de la queja que se presente ante el Órgano Interno de Control en la CEAV e impartir un curso integral de capacitación al personal de esa instancia sobre la observancia de los derechos humanos a la seguridad jurídica, protección a la salud, protección de datos personales y privacidad, así como en lo relativo al contenido del Modelo Integral de Atención a Víctimas para el personal de la CEAV.
La Recomendación 51/2020 ya fue debidamente notificada a su destinatario y puede consultarse en la página www.cndh.org.mx.