La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 27/2021, dirigida al titular del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS), José Ángel Ávila Pérez, por las violaciones a los derechos humanos a la vida, a la protección de la salud, así como a la seguridad jurídica y a la legalidad que derivó en el fallecimiento de una persona privada de la libertad en el Centro Federal de Readaptación Social (CEFERESO) en Tepic, Nayarit.
El 25 de agosto de 2020 se presentó una queja en la oficina foránea de la CNDH ubicada en la ciudad de Reynosa, Tamaulipas, en la que se manifestó que el día 12 de agosto, personal del área de Trabajo Social del CEFERESO de Tepic, Nayarit, informó que una persona privada de la libertad, de 51 años, fue diagnosticada con la enfermedad COVID-19, por lo que había sido trasladada al Hospital Civil de la entidad. De la documentación recabada por la CNDH se desprende que la víctima perdió la vida el 24 de septiembre, indicando como causa del deceso en el certificado de defunción neumonía atípica por SARS-CoV-2, entre otras.
Esta Comisión Nacional detectó que las autoridades responsables del CEFERESO en Tepic incurrieron en actos y omisiones que afectaron la legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto, que deben ser observados en el desempeño de su empleo, toda vez que durante la permanencia de la víctima en el CEFERESO no se le proporcionó el tratamiento y seguimiento médico adecuado, pues desde el 6 de agosto de 2020, al momento que presentó sintomatología compatible con COVID-19, era necesario que se le practicara una prueba para la detección de anticuerpos a fin de brindarle la atención que requería, lo cual ocurrió hasta que su estado de salud empeoró y la enfermedad evolucionó.
Por lo anterior, la CNDH formuló una serie de puntos recomendatorios al Comisionado de Prevención y Readaptación Social, consistentes en que se localice a familiares o quien haya resultado afectado por el deceso de la víctima, y en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se le brinde la reparación integral por los daños causados, que incluya la compensación justa y suficiente con motivo de las violaciones a derechos humanos evidenciadas, en términos de la Ley General de Víctimas, y se le inscriba en el Registro Nacional de Víctimas para que tenga acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, asimismo, se le otorgue la atención médica, psicológica y/o tanatológica adecuada a su situación, a fin de brindar condiciones necesarias para una vida digna.
De igual forma, que se colabore en la presentación y seguimiento de la queja ante el Órgano Interno de Control del OADPRS, en contra de las personas servidoras públicas responsables, por las probables faltas administrativas señaladas en la presente Recomendación, debiendo informar las acciones de colaboración que haya realizado en el procedimiento administrativo que al respecto se haya iniciado; que colabore con la Fiscalía General de la República en la investigación que derive de la denuncia de hechos que la CNDH formulará en contra de quien resulte responsable por la inadecuada atención médica proporcionada a la víctima; que se implemente un programa de atención médica efectiva para proteger y garantizar el derecho a la salud de las personas privadas de la libertad en los CEFERESOS; diseñe y active los protocolos óptimos para que se implementen medidas para mitigar y controlar los riesgos originados por el virus SARS-CoV-2, así como aquellos para asegurar que los internos con sospecha o confirmados de COVID-19 sean aislados, se les proporcione la atención médica indicada para cada caso y, de ser necesario, externarlos a instituciones médicas de segundo y tercer nivel para su atención.
También solicitó capacitar al personal médico penitenciario sobre la importancia de establecer los criterios, especificaciones y directrices de operación del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, para la recolección de información relevante y necesaria sobre las condiciones de salud de la población, así como de sensibilización en materia de derechos humanos y de la salud.
La Recomendación 27/2021 ya fue debidamente notificada al Comisionado de Prevención y Reinserción Social y puede ser consultada en la página www.cndh.org.m