Por el bien de la nación
Urgimos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación a pronunciarse sobre el conflicto constitucional trabado entre la Federación y las entidades federativas en relación con la interpretación del párrafo quinto del artículo 111 de la Constitución Federal.
La definición sobre la competencia de los órganos federales y locales en el procedimiento de desafuero es fundamental para el futuro del pacto federal y no puede ser una cuestión exclusiva de la decisión de una cámara legislativa, sino que es un proceso colaborativo entre la Federación y las entidades federativas en el que debe delimitarse la participación de cada uno de los ámbitos de gobierno que intervienen.
Si bien hay una parte de la decisión de la Cámara Federal que es soberana e inatacable, constitucionalmente las entidades federativas participan teniendo la última palabra en lo que se refiere al retiro del fuero con el que cuentan los servidores públicos locales.
En este sentido, los poderes federales, Ejecutivo y Legislativo, han solicitado que la Suprema Corte, como máximo intérprete de la Constitución, se pronuncie sobre el tema, ya que resulta trascendental para definir las relaciones entre la Federación y las entidades federativas respecto a los procedimientos de responsabilidad.
Habíamos desterrado el uso faccioso de los procedimientos constitucionales como herramientas para la subordinación de las entidades federativas a la Federación.
No debe permitirse que se configure un nuevo instrumento que pueda utilizarse para esta finalidad.
El único órgano que es responsable de delimitar las facultades de los ámbitos de competencia es la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la instamos a que se haga responsable de su función en el ordenamiento jurídico mexicano para abonar al fortalecimiento del federalismo, de la división de poderes y alcanzar el objetivo de consolidar el Estado de Derecho que todos buscamos.
Atentamente
Alianza Federalista