La Cámara de Diputados aprobó una reforma el artículo 123, Apartado B, fracción XIII, de la Constitución, para establecer que los agentes del Ministerio Público, peritos y miembros de las instituciones policiales de la Federación, estados y municipios, que sean separados de sus cargos y demuestren en juicio su inocencia o que fueron despedidos injustificadamente, puedan ser reinstalados.

Se precisa que la reincorporación no procederá cuando el servidor público haya sido condenado y sentenciado de forma irrevocable por delito doloso.

Al respecto, el diputado Víctor Manuel Sánchez Orozco señaló que la reforma es un primer paso para revindicar los derechos de los policías, ministerios públicos y peritos, y no violentar sus derechos humanos.

Explicó que se pone un candado para que no se pueda reincorporar a ningún servidor público, en el caso de que hayan sido condenados por sentencia irrevocable por un delito doloso. En los demás casos, sí puedan tener este derecho a la reincorporación cuando en un juicio acrediten su inocencia a un despido injustificado.

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