La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por mayoría de cuatro votos, concedió el amparo a dos padres de familia y a sus menores hijos, para el efecto de que no puedan ser sujetos sin su consentimiento expreso, libre e informado, al denominado programa “Mochila Segura” o a cualquier operativo asociado o derivado del mismo, dada la ausencia de un marco legal que lo sustente.

El fallo reconoce que la falta actual de regulación no debe obstaculizar el que los Congresos Federal y locales, en sus respectivos ámbitos de competencia, desarrollen legislación que, apegada al régimen constitucional, pueda dar sustento y contenido formal a programas como el reclamado, con pleno respeto a los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Finalmente, se indica que la resolución no impide las intervenciones o revisiones en las escuelas cuando se ha cometido un delito o está por cometerse, pues ello coloca a la comunidad escolar en un riesgo o peligro inminente; en cuyo caso, deberá darse a la brevedad intervención a las autoridades de seguridad pública y procuración de justicia competentes.

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