La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 27/2022 al titular de la Secretaría de Marina (SEMAR), almirante José Rafael Ojeda Durán, por la detención arbitraria de dos personas y la desaparición forzada de una de ellas, por parte de elementos navales en Irapuato, Guanajuato.
La Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato (PRODHEG) recibió un escrito de queja -que por motivos de competencia fue turnado a la CNDH- en el que una mujer relataba que, aproximadamente a las 21:30 horas del 9 de noviembre de 2018, su hijo había sido detenido junto con otra persona en la colonia donde vivían.
Al investigar el caso, personal de la CNDH entrevistó al acompañante de la víctima, quien refirió que fueron detenidos, trasladados a un camino de terracería, golpeados e interrogados por personal de SEMAR. Particularmente, a él le rociaron salsa en el rostro e intentaron asfixiarlo en varias ocasiones hasta que finalmente lo tiraron en un río; mientras que a la otra persona se la llevaron, sin que hasta el momento se conozca su paradero.
A pesar de que en informes rendidos ante esta Comisión Nacional y ante el agente del ministerio público, la Secretaría de Marina rechazó su participación en los hechos, pruebas que obran en el expediente de queja acreditaron de manera indiciaria la participación de personal naval en la detención arbitraria de la víctima y su acompañante mientras caminaban en las inmediaciones de sus domicilios.
Según varios testigos, las víctimas fueron detenidas por servidores públicos de esa institución, en cuyos uniformes se leía la leyenda “Marina” y viajaban a bordo de vehículos oficiales, a saber, camionetas tipo pick-up de color gris. Además, en la carpeta de investigación iniciada por este caso existen dos videos de cámaras de vigilancia del Centro de Comunicaciones donde se observa, el día de los hechos, la circulación de vehículos con esas características cerca del punto donde fueron aseguradas ambas personas.
Asimismo, de acuerdo con lo declarado por el acompañante de la víctima, la detención se realizó sin que los elementos de la SEMAR mostraran una orden de aprehensión o existiera flagrancia delictiva y tampoco fueron puestos a disposición de alguna autoridad, como lo establece la normatividad en la materia.
Por ello, la Comisión Nacional contó con elementos suficientes para determinar que una de las personas detenidas fue víctima de desaparición forzada y su acompañante de detención arbitraria y privación ilegal de la libertad, aunque haya sido liberado el mismo día, y aun cuando no se cuenta con elementos suficientes para confirmar actos constitutivos de tortura en su contra, este Organismo Autónomo le reconoce su calidad de víctima.
Las evidencias recabadas acreditaron violaciones a los derechos humanos a la libertad, integridad y seguridad personal, así como a la legalidad por desaparición forzada, por lo cual se solicita al secretario de Marina reparar integralmente el daño causado a las víctimas indirectas, incluyendo una compensación justa y otorgarles atención médica y psicológica.
Pide, además, inscribir a la víctima de desaparición forzada en el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, coadyuvando en su localización inmediata y presentación con vida o, de ser el caso, ubicar sus restos mortales a fin de que sean entregados a sus familiares. Además, deberá colaborar en el seguimiento de la denuncia y la queja que por este caso la CNDH presente ante la Fiscalía General de la República (FGR) y la Unidad de Inspección y Contraloría General de Marina, respectivamente.
Por último, deberá instruir la impartición de cursos de capacitación en materia de derechos humanos, dirigidos a mandos medios, superiores y a elementos de Infantería de Marina que se encuentren desplegados en Irapuato.
La Recomendación 27/2022 ya fue debidamente notificada a su destinatario y puede ser consultada en la página www.cndh.org.mx.