La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 09/2021, al Director General de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Manuel Bartlett Díaz, por los agravios cometidos contra ocho personas defensoras de derechos humanos, en el marco de la ejecución del proyecto “Línea de Alta Tensión Cuetzalan entronque Teziutlán II-Tajín”, que incluía la construcción de una subestación eléctrica en dichas comunidades del Estado de Puebla.
En junio de 2018, las personas quejosas manifestaron su inconformidad ante este organismo nacional, al considerar que el proyecto irrumpía “en el seno del pueblo Maseual y había sido impuesto bajo el argumento de que sería benéfico para la región, no obstante que la información que se les proporcionó fue escasa y las autoridades se negaron a entregarles los estudios respectivos, por lo que se realizó una clausura popular y simbólica de las obras del proyecto.
Por ello, las víctimas fueron notificadas del inicio de una carpeta de investigación en la entonces Procuraduría General de la República (hoy Fiscalía General), además de que se solicitó su comparecencia como probables responsables de la comisión del delito de oposición a la ejecución de una obra pública.
En la integración de la carpeta de investigación, la CFE presentó un escrito en el que solicitó la ampliación de la denuncia, teniendo como principal sustento notas periodísticas publicadas a través de portales de internet en los que se reiteraron acusaciones contra las personas defensoras de derechos humanos, estigmatizándolas sin sustento alguno.
La Comisión Nacional estableció que se vulneró el derecho de las personas a defender los derechos humanos, toda vez que el Estado y sus agentes no deben poner en duda la legitimidad del trabajo de las y los defensores de derechos humanos y sus organizaciones, ni realizar declaraciones que sugieran una actuación indebida o ilegal, solo por llevar a cabo labores de promoción y protección de dichas prerrogativas.
Por lo anterior, solicita al Director General de la CFE que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, repare integralmente el daño a las personas afectadas; brindarles atención psicológica e implementar el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú), específicamente en lo relativo al artículo noveno sobre los “Defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales”.
Realizar un acto público de reconocimiento de la labor de las personas de defensoras de derechos humanos, así como de responsabilidad y desagravio institucional; realizar las solicitudes correspondientes a los motores de búsqueda, entre ellos Google y Yahoo, para que no sea posible acceder al nombre de las víctimas en los mismos e impartir a los trabajadores de la CFE cursos de capacitación sobre estándares relacionados con los derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas; sobre los derechos a la libertad de reunión, a la consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada y respecto a la criminalización de personas defensoras de derechos humanos.
La Recomendación 09/2021 ya fue debidamente notificada a su destinatario y puede ser consultada en la página www.cndh.org.mx.