Documento inicial fue inconstitucional

Por Miguel Anguiano

*El ministro Zaldívar le entró al juego de grandes ligas:  Rodolfo Medina

La forma, (apresurada), y el fondo, (mal elaborado) con que el presidente Andrés Manuel López Obrador solicitó a La Corte autorizar llevar a juicio popular a los expresidentes, fue inconstitucional y debió haber sido declarada en ese sentido, pero los ministros prefirieron entrar en el muy peligroso juego de la política, al hacer concesiones indebidas al presidente y salirse de lo que debería ser sagrado para ella: el apego a la ley y a la Constitución”.

Así lo afirmó el licenciado Rodolfo Medina Palomino, estudioso constitucionalista y próximo a concluir el doctorado en Derecho, al hacer profundo análisis de lo que considera histórico manejo del proceso a que recurrió el presidente Andrés Manuel López Obrador para intentar enjuiciar a los últimos cinco ex presidentes de México.

En entrevista con Grilla en el Poder, el especialista señala que La Suprema Corte de Justicia de la Nación hizo su trabajo como tribunal constitucional, pero al mismo tiempo entró en un peligroso camino en el que sabemos cómo inicia, pero no cómo acabará.

Esto lo fundamenta al explicar que los ministros estudiaron la forma de salvar la cara a López Obrador ante un rotundo fracaso por la pésima planeación jurídico política con que inició el proceso.

Para dejarlo claro, precisó Medina Palomino, La Suprema Corte de Justicia consideró, sin declararlo así, inconstitucional la materia de la consulta popular propuesta por el presidente de la República, respecto de los expresidentes, lo cual es un buen signo de autonomía del poder judicial.

Pero al mismo tiempo, La Corte decidió salvar a López Obrador de sufrir un tremendo fracaso, al hacer las funciones de Consejería jurídica del Ejecutivo federal y le hizo la tarea al reformular la pregunta de la consulta propuesta.

“Los ministros, al modificar la materia de la misma, tuvieron como consecuencia otra consulta diversa de la original y ésta, la nueva, sí que es constitucional con base en la materia, pero el pequeño detalle elaborado se agiganta porque crearon la posibilidad de hacer viable la consulta pretendida por López Obrador”, señaló con total claridad el prestigiado estudioso de la materia.

Ante este escenario, el reportero preguntó si la Suprema Corte tiene atribuciones para esos alcances y su respuesta fue contundente: “No, en mi opinión”.

Y para aclararlo, explicó: “El artículo 35 de la Constitución mexicana establece que la Suprema Corte... resolverá, previo a la convocatoria que realice el Congreso de la Unión, sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta”.

Medina Palomino explicó que lo anterior quiere decir que La Corte resolverá si la materia de la consulta es constitucional o no y punto.

Añadió que sobre eso debió versar la resolución del Poder Judicial, como lo proponía el proyecto de votación elaborado por el ministro Luis María Aguilar.

Pero aquí fue todavía más preciso al señalar que la Constitución no le da atribuciones a la Corte para hacer el trabajo que corresponde al Consejero Jurídico del presidente y mucho menos elaborar sobre la marcha de la resolución un nuevo proyecto de consulta, con el fin de que contenga una materia que sí sea constitucional.

“Y es justamente lo que hizo ayer la Corte”, insistió Medina Palomino.

Entonces por qué lo hizo, preguntó el reportero, y respondió:

“Si uno revisa la Ley Federal de Consulta Popular, encontrará la razón en el artículo 13 que dice: “La petición de consulta popular podrá presentarse ante las Cámaras del Congreso según corresponda, en términos de esta Ley, a partir del uno de septiembre del segundo año de ejercicio de cada legislatura y hasta el quince de septiembre del año previo al en que se realice la jornada electoral federal”.

Esto es, dijo nuestro entrevistado, si la SCJN se hubiera apegado a lo que le faculta la Constitución, habría tenido que declarar llanamente constitucional o inconstitucional la materia de la consulta. Como dije al principio, al modificar la pregunta está modificando la materia, con lo cual reconoce que esta es inconstitucional.

Pero si se hubiera apegado a la Constitución, al declarar la inconstitucionalidad de la materia habría propinado un terrible fracaso a López Obrador, ya que el calendario se le vino encima y no podría haber presentado otra propuesta, de acuerdo con lo que dice la Ley de Consulta Pública, y mencionada párrafos arriba, indicó Medina Palomino.

Para concluir, en su opinión, y a la luz de la resolución, es eso lo que debió hacer la Corte, “pero prefirió entrar en el muy peligroso juego de la política, al hacer concesiones indebidas al presidente y salirse de lo que debería ser sagrado para ella: el apego a la ley y a la Constitución”.

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