La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó, por mayoría de votos, con el voto en contra del magistrado Felipe Fuentes Barrera y con la ausencia justificada del magistrado Indalfer Infante Gonzales, un criterio de jurisprudencia relacionada con la carga de probar en materia de violencia política de género, con el título siguiente:

  • Reversión de la carga probatoria. Procede en casos de violencia política en razón de género a favor de la víctima ante la constatación de dificultades probatorias.

Además, en sesión pública presencial, aprobó dos tesis por unanimidad de votos; una sobre la forma de remover a las magistraturas electorales suplentes y otra sobre el ofrecimiento de pruebas técnicas. Los rubros son los siguientes:

  • Magistraturas electorales suplentes. Para no afectar su permanencia y desempeño en el cargo, solo pueden ser removidas por causas expresamente previstas en la ley.

•        Pruebas técnicas. Es válido su ofrecimiento por medio de servicios de almacenamiento virtuales o digitales consultables a través de internet.

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