El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyó el análisis de las impugnaciones formuladas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, así como por el Instituto Estatal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Yucatán, en contra de diversas disposiciones de la Ley de Archivos para el mencionado Estado. En la sesión de este día, la SCJN invalidó los siguientes preceptos:
1) El artículo 88, fracciones I, en la porción “quien fungirá como secretario técnico”, II, en la porción “quien fungirá como presidente”, VI, en la porción “que cuenten con un Archivo Municipal” y XIV, así como sus párrafos penúltimo y último; 89, párrafo séptimo, en la porción “por el Presidente”; y 116, fracción II, en la porción “Fungir como Secretario Técnico del Consejo Estatal”, relativos a la integración, atribuciones y funcionamiento del Consejo Local de Archivos, por no guardar concordancia con la Ley General de la materia.
2) Los artículos 117, primer párrafo, así como su fracción VII; y 119, último párrafo, en la porción “se considera grave el incumplimiento de las fracciones III y VI del artículo 117”, relativos al sistema local de infracciones y sanciones. Ello, al considerar que no otorgaban certeza respecto de qué conductas serían consideradas como graves; qué conductas eran realizadas por personas físicas, así como las autoridades competentes para conocer de dichas fracciones, lo cual contravenía lo dispuesto en la Ley General de Archivos.
Como parte de los efectos, el Pleno vinculó al Congreso local para que, a más tardar en el próximo periodo ordinario de sesiones, realice los ajustes necesarios en su legislación, siendo aplicable en tanto se legisle, la Ley General de Archivos.
Acciones de inconstitucionalidad 155/2020 y su acumulada 221/2020, promovidas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, así como por el Instituto Estatal de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Yucatán, demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Archivos para el mencionado Estado, publicada en el Diario Oficial de esa entidad de 24 de junio de 2020. Ponente: Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Secretaria: Gabriela Eleonora Cortés Araujo.