La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de votos, concedió el amparo a un hombre con discapacidad psicosocial que reclamaba la falta de suministro de medicamentos por parte del Instituto Nacional de Psiquiatría.
La Segunda Sala determinó que el derecho a la salud implica garantizarla de manera integral y para ello es necesario el suministro de medicamentos básicos. Por ello, dado que en el caso analizado la persona era paciente de dicho hospital, había sido diagnosticado por el mismo y los medicamentos recetados están incluidos en el Cuadro Básico de Insumos de Salud, la Sala determinó que era obligación del Instituto Nacional de Psiquiatría otorgarlos.
Además, la Sala destacó que las personas con discapacidad psicosocial gozan de una protección reforzada dentro del sistema de salud mental, puesto que “el derecho a la salud tiene una relevancia particular en el caso de las personas con discapacidad porque tiene implicaciones directas en su condición de discapacidad”.
Finalmente, la Segunda Sala llamó la atención a las deficiencias del sistema de salud mental en México, puesto que, la prestación de servicios necesarios no cumple con los estándares internacionales y nacionales. Se precisó que a pesar de que la evidencia demuestra que sin salud mental no hay salud física, en la práctica existe una abierta disparidad en las condiciones en que se prestan los servicios de salud mental frente a los de salud física.